17 septiembre 2011

Acciones preventivas en las actuaciones agrícolas ante riesgo de incendios forestales en Andalucía

visto en laopiniondegranada.es

La Asociación de Jóvenes Agricultores (ASAJA) en la provincia de Granada recuerda que no hay que bajar la guardia frente al riesgo de incendios. Hasta el 15 de octubre seguimos en época de peligro alto estando prohibido el uso del fuego en terrenos forestales y de influencia forestal, aseguran en un comunicado.

La Orden de 21 de mayo de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía establece con carácter permanente para todas las anualidades posteriores a su publicación una serie limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales (las fincas rodeadas de ríos, arroyos, carreteras, ferrocarril o núcleos urbanos son consideradas como terrenos forestales) y en zonas de influencia forestal, desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre, entre las que se encuentra la prohibición de realizar barbacoas, quemas agrícolas y paso de vehículos a motor.

En el reciente tríptico editado por ASAJA GRANADA se actualiza la última normativa (el Decreto 371/2010 de 14 de septiembre por el que se aprobó el Plan de Emergencia por Incendios Forestales y se modificó el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios), informando a los agricultores y ganaderos de la nueva clasificación de las épocas de riesgo (del 1 de enero al 30 de abril: bajo; del 1 de mayo al 31 de mayo: medio; del 1 de junio al 15 de octubre: alto; del 16 de octubre al 31 de octubre: medio; del 1 de noviembre al 31 de diciembre bajo) así como de las condiciones de ejecución de las quemas de residuos forestales y quemas agrícolas.

Es importante destacar que en épocas de peligro alto la ejecución de las quemas en zonas alejadas de terreno forestal donde únicamente se permiten (están completamente prohibidas en zonas forestales y de influencia forestal) se debe comunicar a la Delegación Provincial de Medio Ambiente con diez días de antelación, y solicitar una autorización en época de peligro medio.

Es recomendable, en todo caso, solicitar dicha autorización, aún en épocas de peligro bajo en que no es obligado el permiso. La Condicionalidad de la PAC (cumplimiento de prácticas agrarias y medioambientales) impone otras limitaciones a los perceptores de ayudas como son la prohibición total en cualquier zona y época del año de la quema de rastrojos de cereales, oleaginosas y proteaginosas (exceptuando el maíz, el algodón y el girasol).

En colaboración con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el marco de las ayudas concedidas a las organizaciones agrarias profesionales para el desarrollo de actividades relacionadas con la gestión del medio sostenible.

0 comentarios realizados :