12 abril 2011

Vía libre al Decreto simplificante de aprovechamientos forestales extremeños

visto en juntaex.es

El Consejo Asesor Forestal, en el que están representados la Administración, el sector maderero, y agentes sociales y conservacionistas, se ha reunido esta mañana en Mérida, presidido por el director general del Medio Natural, Guillermo Crespo, para dar luz verde al borrador del Decreto de aprovechamientos que agiliza los trámite administrativos.

La comunicación previa y la comunicación previa supervisada son dos de las novedades que se incluirán en la nueva normativa que regulará los aprovechamientos forestales en Extremadura.

Así, a partir de ahora, se seguirá el trámite ordinario con las incorporaciones que pudieran realizar las partes interesadas y, posteriormente, comunicación al Consejo de Gobierno y su remisión al Consejo Consultivo de Extremadura.

El director General del Medio Natural estima que la norma entrará en vigor antes del verano para que en la próxima campaña de podas y labores forestales puedan aplicarse las nuevas figuras administrativas.

Se trata de una nueva regulación que tiene como principal objetivo la reducción de los trámites administrativos para los ciudadanos que realizan frecuentemente trabajos forestales en sus explotaciones. Se pretende que los interesados puedan obtener los permisos de forma eficaz y rápida, en línea con la agilización de la Administración, más efectiva y cercana, que está incorporando la Junta de Extremadura en todos los ámbitos de su funcionamiento.

Novedades
Entre otras novedades, se elimina la obligación de solicitar al interesado la inscripción en el Registro de Explotaciones, que se sustituye por una “declaración responsable”.

Se introduce la figura de la comunicación previa en muchas actividades que, por ser trabajos habituales en el campo, la administración solo necesita conocer que se están realizando, sin que por ello se exima de la responsabilidad del cumplimiento de las normas publicadas.

Utilizando la herramienta anterior, y buscando aun mayor agilidad para el ciudadano, se crea la figura de la comunicación previa supervisada, que permite a los Agentes del Medio Natural firmar el visto bueno en el campo y desde ese mismo momento el ciudadano puede empezar a realizar la actividad (únicamente para personas físicas).

En este caso se encuentran la eliminación de pies secos, cortas por riesgo, cortas en superficies pequeñas, todas las podas, retirada de árboles arrancados por fenómenos naturales, descorche de superficies pequeñas (5 alcornoques) o de los autorizados en el año anterior.

Según ha señalado Crespo, la puesta en marcha del sistema de comunicación previa supondría que entre 8.000 y 9.000 expedientes, que anteriormente necesitaban autorización, pasen a comunicación previa. Para un buen funcionamiento del sistema de comunicación previa se cuenta con la colaboración profesional de los Agentes Forestales.

“Todo esto está motivado por el incremento en los últimos años del número de expedientes de aprovechamientos forestales y podas debido al retorno de ciudadanos a los pueblos”, indica el director general del Medio Natural, quien destaca el esfuerzo técnico para conseguir el objetivo de lograr que la conservación y sostenibilidad forestal no se vea afectada por decisiones en muchos casos motivadas por cuestiones económicas temporales y no por gestión sostenible.

“Por ello debemos luchar para que el cultivo de especies forestales para obtención de fruto sea una alternativa de renta forestal, que las repoblaciones para obtener madera de calidad para obtención de biomasa como cultivo energético en terrenos agrícolas abandonados sean alternativa a la destrucción de ecosistemas forestales consolidados, y generen rentas alternativas a los ciudadanos”, ha señalado.

Otra de las novedades técnicas es la ampliación del plazo legal para podar y cortar frondosas hasta el 15 de marzo. Se pone plazo para la solicitud de descorche pero un plazo muy amplio: desde el 1 de septiembre del año anterior a la saca y hasta el 31 de mayo del año en que se va a realizar la misma.

Por otra parte, se establecen los fundamentos del peculiar régimen jurídico de los cultivos energéticos forestales, al objeto de eliminar barreras administrativas para el desarrollo de las energías renovables, de modo que un terreno forestal, sea o no temporal, podrá ser declarado cultivo energético forestal cuando se dedique la totalidad de la producción de biomasa forestal (madera y leña) de una determinada superficie a uso energético.

Para los terrenos forestales temporales será necesaria una autorización de primera implantación de especies forestales y un plan de aprovechamiento para la biomasa para al menos 10 años. En el caso de otros terrenos forestales deberá tener aprobado un instrumento de gestión forestal donde se determinen qué superficies van destinadas a biomasa forestal.

“Esto podría suponer una renta para los propietarios forestales, al mismo tiempo que con la biomasa forestal se ayuda a la reducción de la dependencia de energías más contaminantes y se facilita el acceso a trabajos forestales en el entorno rural, lo que ayudará a crear un tejido forestal empresarial tan necesario en estos tiempos”, señala Guillermo Crespo.

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