12 abril 2011

Orden de Ayudas de Castilla y León para la recuperación del potencial forestal

ORDEN MAM/384/2011, de 25 de marzo, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para las ayudas a la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas.

Actuaciones subvencionables.


1.– Las actuaciones para las que puede solicitarse subvención son las que se indican a continuación, especificándose en el Anexo I de esta Orden los tipos de labores auxiliables que se incluyen en cada una de aquéllas:

a) Tratamientos selvícolas.
b) Actuaciones en terrenos forestales con uso ganadero y selvícola.
c) Cortafuegos.
d) Infraestructuras forestales.


Cuantía de las ayudas.
1.– Se establece en 1.000 euros el importe mínimo subvencionable, debiendo alcanzarse dicho valor para poder ser estimada cada solicitud.
2.– El importe máximo de las subvenciones, expresado en porcentaje del importe de la inversión aprobada, de cada tipo de labor o intervención es el que figura en la tabla del Anexo I de esta Orden.
Los importes unitarios de cada tipo de labor o intervención se relacionan en el Anexo II (Catálogo de precios) de la presente Orden. A partir de dichos precios se compondrá la inversión unitaria de cada intervención.
3.– Los importes máximos por solicitud serán los siguientes:
  • a) Explotaciones con documento de planificación aprobado, cuyo Plan Especial esté en vigor:
    • Se establece en veinticinco mil (25.000) euros el máximo de subvención a conceder, por cada solicitud.
  • b) Explotaciones sin documento de planificación aprobado:
    • Se establece una subvención máxima de quince mil (15.000) euros por solicitud.
4.– La subvención correspondiente al proyecto de obra o memoria técnica valorada, así como a la dirección de obra, en los casos en los que se hubieran requerido y aceptado, será valorada en uno y otro caso en el 4% del importe de la inversión aprobada y ejecutada.

Solicitudes y documentación.
1.– Solicitudes. Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo del Anexo III, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León accesible a través de la siguiente dirección www.tramitacastillayleon.jcyl.es

Plazo de presentación
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 30 de abril de 2011, inclusive.  

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