20 julio 2010

Una plaga de procesionaria afecta los pinos de la Serra Grossa

visto en lasprovincias.es

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, recomienda al Ayuntamiento de Alicante y a la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de forma «coordinada», adopten, «cuanto antes, todas las medidas que sean necesarias para erradicar la plaga de procesionaria y evitar su futura propagación».
Así lo indica Cholbi en una recomendación motivada por una denuncia de un vecino, en la que alertaba de la existencia de una «importante» plaga de procesionaria que «está acabando con los pinos de la Serra Grossa y en las inmediaciones de la misma».
El Síndic solicitó un informe al Ayuntamiento de Alicante para contrastar la información ofrecida por el vecino. El Consistorio, en su escrito, explica que, este año, la Conselleria de Medio Ambiente «no ha hecho tratamientos contra la oruga de la procesionaria «, lo que ha provocado que «los tratamientos realizados por el Servicio de Parques y Jardines estén siendo menos eficaces». Asimismo, el Ayuntamiento añade que, además de en la Serra Grossa «han aparecido más casos de procesionaria en la ciudad».
El defensor del pueblo valenciano indica en su recomendación que «la prevención y lucha contra las plagas y enfermedades forestales corresponde a la administración forestal» y añade que los titulares de los terrenos afectados están «obligados» a notificar por escrito su existencia a la Conselleria de Medio Ambiente, quien «podrá declarar de utilidad pública y tratamiento obligatorio la lucha contra una plaga o enfermedad forestal, con delimitación de la zona afectada», tal y como se establece en la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat.
Recuerda que en la Orden de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de 22 de septiembre de 2008 se incluyó a la ciudad de Alicante entre las zonas de la Comunitat Valenciana donde se declaraba «obligatorio y de utilidad pública» el tratamiento para el control de la procesionaria del pino.
Asimismo, el Síndic destaca que en esta Orden también se indica que el personal técnico de la Dirección General de Gestión del Medio Natural «dirigirá la ejecución de los tratamientos, mediante procedimientos adecuados, los cuales serán realizados en aquellas zonas consideradas como prioritarias, teniendo en cuenta el nivel de incidencia de la plaga detectado en la prospección fitosanitaria y lo observado en la revisión posterior».

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