23 agosto 2009

España cederá 20 ejemplares de lince ibérico a Portugal, dentro del Plan de Acción para la Cría en Cautividad de este felino

visto en juntadeandalucia.es

Madrid (julio de 2009). El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y el Ministerio del Ambiente, Ordenación del Territorio y Desarrollo Regional de Portugal han firmado un protocolo por el que España cede, de forma escalonada, veinte ejemplares de lince ibérico con el fin de adscribirlos al Centro Nacional de Reproducción del Lince Ibérico de Portugal, en el marco del Plan de Acción para la Cría en Cautividad del Lince Ibérico.

El ministerio portugués se compromete a implementar y poner en marcha, en un plazo máximo de tres años, un programa detallado con al menos un área potencial de reintroducción de linces ibéricos.

Este se llevará a cabo según los criterios que se adopten en el seno de la Comisión Mixta para la Conservación del Lince Ibérico, creada por un acuerdo de cooperación entre España y Portugal, y de la Comisión Multilateral, nacida a partir de un memorando de entendimiento entre el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura y, como observador, el Ministerio de Ambiente, Ordenación del Territorio y Desarrollo Regional de Portugal.

Por su parte, el ministerio español y la Junta de Andalucía entregarán una copia del historial de los ejemplares cedidos, debiendo incorporarse en él toda la información que se genere. Asimismo, si el ejemplar es trasladado a otras instalaciones del programa de cría en cautividad, se hará entrega de una copia completa del historial al responsable del centro al que se incorpore y otra copia a la dirección del Plan de Acción para la Cría en Cautividad del ministerio.

Portugal emitirá un informe anual sobre el estado de salud y comportamiento de los ejemplares a lo largo del año, incluyendo los resultados de todas las pruebas realizadas.

En cuanto a las crías que nacieran de estos ejemplares, el Protocolo contempla que quedarán a disposición del Plan de Acción para la Cría en Cautividad, que podrán ser destinadas al programa de cría en cautividad o a proyectos de reintroducción, tanto en España como en Portugal, siguiendo los criterios que se adopten en el seno de la Comisión Multilateral.

Por otro lado, el Comité Técnico-Científico de la Comisión Multilateral establecerá la mejor ubicación de cada uno de los ejemplares de lince ibérico entre los diferentes centros, según criterios genéticos, etológicos y de manejo. Además, informará a la Comisión Multilateral y a la Comisión Mixta, con al menos dos semanas de antelación a que se realice cualquier posible movimiento de ejemplares entre los centros.

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